En este 2026 Acción Social Empresarial (ASE) cumple 75 años. Instituida como una asociación privada de empresarios, directivos y profesionales de la empresa, tiene entre sus objetivos, “configurar desde una perspectiva cristiana las estructuras empresariales” y contribuir a la aplicación de la Doctrina Social de la Iglesia en el ámbito empresarial.
Para conmemorar esta efeméride, los días 7, 8 y 9 de mayo tendrá lugar en la Fundación Pablo VI el Encuentro Nacional de Empresarios y Directivos Cristianos, bajo el lema: «Excelencia empresarial, Bien común y Solidaridad: Claves del éxito de la sostenibilidad»
Además, se ha editado el libro, «Acción Social Empresarial. 75 años al servicio del empresariado cristiano en España (1951-2026)», en el que numerosas personalidades reflexionan sobre cómo aplicar esta DSI al mundo de la empresa desde diferentes ámbitos (académico, empresarial y asociativo).
Su páginas son, además, una invitación a una lectura reposada de los muchos textos con los que el Magisterio Social ha enriquecido la misión, visión y valores de aquellas organizaciones que apostado por situar al ser humano en el centro.
En el capítulo VII el director general de la Fundación Pablo VI, Jesús Avezuela, hace un análisis sobre la relación “indisociable” entre el derecho positivo y la ética cristiana.
Explica en el texto cómo “la influencia de la ética cristiana en las normas jurídicas es permanente y profunda a lo largo de la historia como puede observarse en los sistemas legales de los Estados, y en el reconocimiento de la dignidad humana y la igualdad como pilares fundamentales del Derecho”. Y esto, a pesar del actual proceso de secularización en el que nos encontramos, continúa siendo una realidad hoy. Es cierto, explica, “que el debilitamiento de las creencias religiosas y la merma gradual de identificación religiosa ha tenido como consecuencia directa una progresiva pérdida de centralidad e influencia de la religión como dimensión social, política, cultural y, por lo que nos ocupa ahora, jurídica” Pero esto “no significa que no siga siendo todavía un relevante catalizador de conductas que tienen un directo impacto en muchas normas jurídicas de distinta índole, ya sea en materia educativa, sanitaria, social, económica, … como puede advertirse en no pocos debates de actualidad”.
“La Iglesia es, por tanto, un actor relevante en la sociedad civil generador de valores, proveedor de servicios y promotor de diálogo, encuentro y reconciliación. A través de sus muy diversas y numerosas instituciones, como Acción Social Empresarial, ha fomentado un compromiso social con el propósito de alcanzar el bien común. Y en tal sentido, la ética cristiana puede seguir iluminando los ordenamientos jurídicos y, en definitiva, el espíritu del Derecho. De la misma manera que debe reconocerse que la ética cristiana goza de una universalidad homogénea de principios que contrasta con una heterogeneidad de sistemas jurídicos y de ordenamientos en cada uno de los Estados, unido al hecho -como ya se ha avanzado- de que las sociedades en las que todavía puede decirse que predomina el cristianismo son sociedades pluriconfesionales donde los católicos cada vez son menos y conviven con otras religiones y con personas ajenas a cualquier creencia religiosa. Esto exige de los católicos administrar con mayor responsabilidad sus principios éticos a la hora de pretender dimensionarlos en la esfera jurídica de nuestros ordenamientos.
“(…) En este punto de confluencia y de que la ética cristiana continúe siendo faro en las sociedades modernas, merece una especial atención la Doctrina Social de la Iglesia -elemento esencial en la citada Acción Social Empresarial- en cuanto que conforma un conjunto de principios y enseñanzas que se contienen en encíclicas y en otros instrumentos papales y apostólicos con la principal finalidad de ayudar a guiar la conducta humana, además de ser instrumento de reflexión. Esta DSI, en la medida que trata de cuestiones que atañen a la vida social, partiendo de la raíz antropológica del ser humano y con la mirada última en el bien común, puede ayudar a vertebrar y ordenar un reflexivo diálogo con propuestas, juicios y razonamientos que pueden servir de base en la proyección de regulaciones normativas”.



